Clausulas abusivas

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Nuevo auto de archivo de ejecución hipotecaria tras la STJUE sobre vencimiento anticipado

22 de abril de 2019 Jurisprudencia CLÁUSULAS ABUSIVAS

El juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badajoz se une a los juzgados de Arona, en Tenerife, y Hospitalet de Llobregat, en Barcelona, y ordena el sobreseimiento del procedimiento de ejecución en curso tras declarar la nulidad de la cláusula por resultar abusiva para el consumidor. El Tribunal Supremo no se ha pronunciado aún sobre el asunto pendiente sobre el que remitió la cuestión al TJUE.

«Especial Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario»

Analiza las novedades de la norma pero también sus puntos oscuros o problemáticos, poniendo al lector en alerta de los posibles problemas a los que puede tener que enfrentarse. En esta tarea es fundamental la aportación de los autores, figuras de primer nivel reconocidos por la comunidad jurídica y habituales conferenciantes y ponentes en la materia. Junto al análisis experto, dos elementos prácticos: un cuadro con las 15 claves de la nueva regulación y una tabla comparativa de las normas que se ven afectadas con su publicación. Además se incluye el texto de la norma.

Un Juzgado de Ceuta cuestiona al TJUE si las cláusulas que reparten los gastos hipotecarios al consumidor son válidas

Tras la sentencia del Supremo de 2015 que declaró abusivas este tipo de cláusulas no negociadas, se han ido dictando otras resoluciones que entienden que es válido el reparto de determinadas comisiones entre banco y cliente. Para el juzgado, se ha de unificar un criterio que otorgue seguridad jurídica en el mundo de los consumidores y usuarios.  

Los jueces españoles están obligados a examinar la abusividad de una cláusula bancaria incluso tras el fallo en la ejecución hipotecaria

Después de la sentencia europea del Banco Primus, si el consumidor invoca que es abusiva una cláusula, es preceptivo el control judicial siempre que no hubiera sido examinada anteriormente. Por eso, entender que el plazo del ejecutado ha precluido porque plantea la cuestión después de la sentencia, vulnera su tutela judicial efectiva.  

Un tribunal gallego anula la cláusula de comisión de apertura de una hipoteca aplicando la doctrina del TS

18 de marzo de 2019 Jurisprudencia CLÁUSULAS ABUSIVAS

La Audiencia Provincial de Ourenes dictamina que la comisión de apertura no responde a un servicio real y efectivo. De considerarse como gasto inherente a la actividad de concesión de préstamos, tampoco se acredita su proporcionalidad. El tribunal concluye que la cláusula debe considerarse abusiva por falta de reciprocidad, al haberse fijado la comisión mediante un porcentaje sin que conste causa alguna para su devengo.

Declaradas nulas por abusivas cuatro cláusulas de las condiciones generales de transporte de una compañía aérea

Un Juzgado de lo Mercantil ha declarado nulas cuatro de las cláusulasde de las condiciones generales de transporte de una compañía aérea: circunstancias excepcionales en supuestos de intervención quirúrgica o fallecimiento del pasajero, Ley aplicable y jurisdicción territorial, derecho de la compañía a inspeccionar el equipaje y a denegar el transporte a los pasajeros.

1ª sentencia de la sala de lo civil del Supremo sobre el interés de demora tras el respaldo del TJUE a su doctrina

28 de noviembre de 2018 Jurisprudencia Préstamos

La sala de lo civil del Supremo estudió desde 2015 el control de abusividad de los intereses de demora en los préstamos personales e hipotecarios firmados por consumidores, considerando que el interés de demora no podía exceder de dos puntos porcentuales sobre el interés remuneratorio. Esa cuestionada doctrina jurisprudencial fue declarada conforme con el Derecho de la Unión Europea por el TJUE.

La Directiva sobre cláusulas abusivas no es aplicable a la práctica empresarial de cesión o compra de créditos frente a un consumidor

21 de agosto de 2018 Jurisprudencia Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que la Directiva no es aplicable a la práctica empresarial de cesión o compra de créditos frente a un consumidor, y que, por otra, tampoco lo es a disposiciones nacionales que regulan la transmisión de créditos y la sustitución del cedente por el cesionario en los procedimientos en curso.